El pasado año, la aceptación de herencias alcanzó un máximo histórico en España: 365.649. Igualmente, los testamentos también se vieron incrementados debido al temor correspondiente como consecuencia de la crisis del covid. Pero no hay que confundir la aceptación de herencias con la partición de los bienes hereditarios.

Mientras que la aceptación de la herencia es un acto individual en el que la persona llamada a una herencia manifiesta su voluntad de aceptarla, sin necesidad de intervención del resto de coherederos, la partición de los bienes hereditarios es un acto en el que, tras la aceptación de los distintos herederos de sus respectivas partes, se procede a repartir las propiedades adquiridas.

Cabe decir que los herederos pasan a formar parte del patrimonio hereditario, aceptándolo en su totalidad y haciendo frente a bienes, derechos y deudas, que no son rechazables. En el caso de que alguno de los herederos se niegue a aceptar la herencia, el artículo 1005 del Código Civil dota al resto de herederos de herramientas para solucionar esta situación.

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