Con entrada en vigor el 2 de enero de 2023, la Ley 8/2022, de 4 de mayo, modificará lo dispuesto en la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal. Esta modificación busca una adecuación de la norma a la regulación del depósito legal de las publicaciones en línea, así como adaptarla a los constantes cambios del sector editorial.

Una de las novedades más destacadas es la incorporación de nuevas tipologías documentales objeto de depósito legal, como son las publicaciones de impresión bajo demanda, o los catálogos comerciales de librerías, editoriales y subastas, así como los marcapáginas. Esto responde a una necesidad del mundo editorial, que ha visto incrementado en gran número este tipo de publicaciones.

Cabe destacar la necesidad de identificación individualizada y mención expresa de los videojuegos, que hasta ahora no estaba siendo ingresado en las cantidades que representan en el mercado y que anteriormente se entendían comprendidos entre los documentos audiovisuales.

Por otro lado, la terminología “hojas” pasa a denominarse “publicaciones”, ya que suscitaba numerosas dudas de cara a los ingresos en centros de conservación, pues se estaban recibiendo materiales comerciales publicitarios que iban más allá de las hojas publicitarias.

En último lugar, la obligatoriedad de depósito legal de las microformas desaparece, por considerarse un formato en desuso fruto de la obsolescencia tecnológica.